Área de Química Física Aplicada

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CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA DOCENCIA EN LA COMISIÓN DE ÁREA DE QUÍMICA FÍSICA.

Marzo, 2016

Con carácter general, será la Subcomisión de Docencia la encargada de repartir las tareas docentes asignadas al Área. En la solicitud de petición de docencia, cada profesor incluirá las asignaturas, así como las coordinaciones de laboratorio, por orden de preferencia. La suma de todas las actividades solicitadas por el profesor nunca será inferior al número que se fije en cada año académico. Además, especificará un máximo de 6 asignaturas que no quiera impartir (aproximadamente 10% de las asignaturas ofertadas). Una vez recibidas estas peticiones, la asignación se realizará en una o más etapas hasta que queden cubiertas todas las actividades ofertadas. En la primera etapa nunca se asignará a un profesor una actividad que no haya solicitado. La asignación docente propuesta por la Subcomisión de Docencia deberá ser aprobada por la Comisión de Área. Esta propuesta será elaborada teniendo en cuenta los siguientes criterios:
  1. En primer lugar se asignarán las asignaturas teóricas. Una vez cubierta la docencia teórica se hará el reparto de los seminarios y laboratorios, procurando que la asignación total por profesor sea equiparable.
  2. Se considerará que el profesor que lleve tres o más años impartiendo una asignatura, deberá cederla si otro profesor la solicita. Si hay varios profesores impartiendo dicha asignatura, deberá cederla el que más tiempo lleve en la enseñanza de la misma.
  3. En caso de que dos o más profesores opten a una misma asignatura en igualdad de condiciones y ajustándose a los criterios anteriores, se adjudicará la asignatura sobre la base del grado y antigüedad de los solicitantes.
  4. Un profesor no podrá impartir el equivalente a más de un semestre en asignaturas teóricas si hay algún otro que desea dar teoría y no tiene asignada ninguna.
  5. Un profesor no podrá ser obligado a dar más del equivalente a un semestre de asignaturas teóricas mientras haya otro que no imparte teoría.
  6. Si un profesor lleva tres cursos sin docencia teórica (habiendo solicitado asignaturas teóricas durante este periodo), la Subcomisión de Docencia tiene la obligación de encontrar una solución para asignarle una asignatura de teoría.
  7. Los másteres que se incluirán en la oferta docente son los asignados al Área. La normativa con respecto al número de cursos (máximo 3 cursos) y número de horas/curso (máximo el equivalente a un cuatrimestre) es exactamente la misma que la correspondiente a una asignatura teórica de grado. Una asignatura de máster no debe asignarse a más de tres profesores.
  8. En asignaturas específicas del Área, si después de dos veces ofertada dicha asignatura, no se consigue un candidato voluntario para ella, la Subcomisión de docencia asignará dicha asignatura, teniendo en cuenta los puntos descritos anteriormente. Las asignaturas específicas del Área se publicarán cada año al mismo tiempo que la oferta de asignaturas.
  9. En asignaturas no específicas del Área, si un profesor quiere dejar una asignatura y la Subcomisión de docencia no encuentra un candidato que la quiera impartir, tendrá que continuar un año más, y sólo ese año, dando tiempo a la Subcomisión para encontrar un candidato o devolverla a la correspondiente comisión de grado. Dado el interés del Área por no perder asignaturas, en este caso, también se ofrecerá al profesor la garantía de continuidad por tres años.
  10. Las asignaturas que desaparezcan en un periodo de 1-2 años no serán ofertadas.
  11. Un profesor no tendrá más de una coordinación de laboratorio si hay otro que la solicita.
  12. En el reparto de la actividad “Prácticas de Química para estudiantes de Bachillerato”, el número máximo de sesiones asignadas por profesor será igual a 2 siempre y cuando el profesor no solicite un mayor número de sesiones. Estas prácticas también podrán ser asignadas al personal investigador en formación (PIF) adscrito al área.
  13. Si por cualquier circunstancia, la Subcomisión de Docencia tuviera que modificar los criterios de asignación, esta deberá justificarlo de forma razonada ante la Comisión de Área antes de la aprobación definitiva de la docencia.
  14. Los TFGs cuenten en horas como ETCs tiene el TFG, hasta un máximo de 18, los TFMs cuenten en horas como ETCs tiene el TFM, hasta un máximo de 20 y que las tesis doctorales dirigidas cuenten como 50 horas. Se entiende que la codireción conlleva una reducción a la mitad de dicha horas. Además, se aprueba que los TFGs y TFMs que se realizan en el año en curso, cuando se hace la solicitud de docencia, serán los que se tengan en cuanta, mientras que las tesis serán las leídas en el curso pasado.